Halajá para miércoles 21 Tammuz 5772 11 julio 2012

ÉSTA HALAJÁ SE EDITA PARA LA ELEVACIÓN DEL ALMA DE

HAJAM YOM TOV YEDID HALEVY BEN ZAKIE Z"L

NEW YORK

CANTOS Y BAILES DURANTE LAS TRES SEMANAS

Está prohibido realizar bailes y cantos durante las tres semanas que transcurren entre el 17 de Tamuz y el 9 de Ab, aunque no se utilicen instrumentos musicales. 
  
Todo esto, por supuesto, rige para las actividades que se desarrollan según las leyes y costumbres del recato y la santidad características del pueblo de Israel, o sea las mujeres por un lado y los hombres por otro, pues de otra forma existe una prohibición absoluta de realizar u organizar cualquier tipo de baile y cantos que reúna a hombres y mujeres juntos. 
  
El año 5748 -1988-, consultó un erudito de la ciudad de Deal, New York, a Rabí David Yosef, Shlit”a, pues algunas personas de la ciudad querían organizar bailes durante ben hametzarim argumentando que sólo los ashkenazim acostumbraron prohibir los cantos y bailes durante las tres semanas, y por otro lado los jóvenes y las muchachas tendrían la oportunidad de conocerse y así formar nuevas parejas. Y aún cuando se trata de una prohibición sumamente obvia, este cuestionamiento fue presentado a Rabí Ovadia Yosef, Shlit”a, pues la opinión de un erudito de su talla sería tenida en cuenta. Por supuesto en su responsa escrita dejó en claro que no existen al respecto diferencias entre ashkenazim y sefaradim y los bailes o canticos están prohibidos durante estas tres semanas , como lo cita Rabí Hayim Palachi z”l, y otros comentaristas. 
  
Y continúa Rabi Ovadiá Yosef, Shlit”a, diciendo,  que todo esto es válido para los bailes que se realizan bajo las normas del recato y la halajá, o sea los hombres por un lado y las mujeres por otro, separados por  un biombo o división, como obtenemos de la Mishna (Sucá 52ª), sin embargo los bailes que se realizan en forma conjunta los hombres y las mujeres constituyen un pecado de suma gravedad y por lo tanto están prohibidos en cualquier época del año, como ya se explayaron al respecto distintas autoridades rabínicas. Y el argumento de que de esta forma pueden conocerse los jóvenes y  crear así nuevas parejas es sólo una excusa del  yetzer hara´  -mal instinto- pues D-os no carece de herramientas para crear nuevas parejas. 
  
En la actualidad, hemos presenciado en distintas comunidades de la diáspora que sus rabinos y dirigentes han establecido normas de conducta dirigidas a guardar el recato y las costumbres de acuerdo a la halajá, especialmente durante las bodas, en que los bailes y cantos deben realzarse en un marco de santidad y recato.  Y, lamentablemente, muchos personajes, incluso  identificados como conocedores de la Torá, criticaron estas disposiciones argumentando que se trata de una conducta radical y fanática. Sin embargo, todas estos reparos surgen pues se desconoce el espíritu que caracteriza al judaísmo y a su santidad, pues la falta de  recato conlleva la ausencia de divinidad en el pueblo lo cual produce sufrimientos y calamidades. Y comprendiendo correctamente los conceptos de santidad y recato del judaísmo se incrementa la honra divina y D-os se alegra con dicha santidad que impregna al pueblo y mantienen Su presencia entre ellos. 
  
Es preciso recordar todo esto y tener en cuenta que esta forma de vida caracterizó a nuestros padres y madres, quienes llegaron a entregar sus propias vidas para defender todo esto.  ¡Cómo es posible que hoy, con absoluta parsimonia,  destruyamos las barreras de la santidad por las que tanto lucharon nuestros padres, y adoptemos una identidad totalmente gentil! Se trata simplemente de argumentos del mal instinto que nos aparta de la verdad y nos presenta ideas ilusorias y vanas. 
  
Hasta aquí con respecto a los bailes y cantos conjuntos, sin embargo si se presenta una mujer cantando ello supone una prohibición adicional, como veremos más adelante. 
  
Y como una extensión de la prohibición de bailar o cantar durante las tres semanas, las autoridades rabínicas prohibieron escuchar música por medio de los distintos aparatos electrónicos en ésta época, pues desde la destrucción del sagrado Templo de  Jerusalén, nuestros sabios decretaron la prohibición de escuchar música sino en ocasión de festejos de Mitzva, como por ejemplo una boda, bar mitzva, etc. sin embargo simplemente para deleitarse está prohibido escuchar musicalizaciones ya que se trata de un decreto originado en el mismo Talmud, como nos explayamos en otra entrega. Sin embargo, las autoridades rabínicas han escrito al respecto autorizando oír música grabada en los casettes o discos, etc. pues no se trata de instrumentos musicales directamente.  Y así se expidió nuestro maestro Rabí Ovadia Yosef,Shlit”a, dictaminando que de acuerdo a la halajá está permitido oír música de los discos etc. aún cuando, agrega el rabino, durante estas semanas es apropiado no oír música incluso de los discos o aparatos electrónicos, a menos que se trate de música sin acompañamiento instrumental, como en los cantos de bakashot, tefilot, etc.

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