Hoy, diez de Tebet es día de ayuno debido a que es la fecha en que el rey Babilonio rodeó Jerusalén para destruirla, como relata el cap. 24 de libro de Yehezquel: Y fue la palabra de D-os hacia mi el año noveno en el mes décimo –el mes de Tebet- el décimo día del mes diciendo: Hombre! Inscribe que en medio de este día rodeó el rey de Babilonia a Jerusalén.
Por ello intentamos por medio del ayuno someter nuestras malas inclinaciones y recurrir al Eterno para que nos redima definitivamente. Y así escribe el Ramba´´m: Todo Israel debe ayunar en las fechas en que ocurrieron tragedia a nuestro pueblo, para despertar los corazones y abrir los caminos hacia el retorno y recordar nuestros malos hábitos y las malas acciones de nuestros antepasados que hoy repetimos y es lo que provoca hoy como entonces las tragedias que nos acaecen. Y así, al recordar estas acciones retornemos al camino del bien, como está escrito: Y confesarán sus pecados y el pecado de sus padres.
Como podemos observar, se trata de un ayuno instituido por nuestros rabinos, el que por supuesto debemos observar.
Ahora, analizaremos el caso en que una persona, por error pronunció la bendición sobre un alimento durante el día de ayuno y antes de consumir el mismo se percata de que no puede comer debido al ayuno. Cómo debe proceder?
En la obra Halajot Ketanot cita el este caso en forma sintética y dictamina que aún así debe probar de la comida. Asimismo Rabí Yona Nabon z”l, maestro del HIda”a, en su obra Nehpa Bakesef analiza este caso y determina que debe probar la comida ya que de pronunciar la bendición en vano estaría incurriendo en una prohibición de la Torá, como dictamina el Ramba”m sobre quien pronuncia una bendición innecesaria que trasgrede la prohibición de pronunciar el nombre de D-os en vano, en tanto que probar la comida durante este día de ayuno es sólo una prohibición de origen rabínico, por supuesto que la prohibición de la Torá.
Nuestro maestro Rabí Ovadia Yosef z”l estudió este caso en varias de sus obras (Yebia Omer tomo 2 cap. 5) y justifica la opinión de Rabí Yona Nabon z”l y así lo dictamina a los efectos halájicos.
Y cita en este contexto lo que escribiera Rabí Abraham Alcalai z”l en su obra Zejor LeAbraham (apartado sobre carne y leche): Me ocurrió durante uno de los días del invierno, que cuando habían transcurrido sólo cuatro horas de haber comida carne pronuncié la bendición sobre un trozo de queso y al colocarlo en mi boca recordé que no podía hacerlo. Y dictaminó que se debe probar un trozo del queso, pues aún cuando el Shuljan Aruj determina que se deben esperar seis horas para consumir leche después de carne, se trata de un prohibición rabínica en tanto que pronunciar la bendición en vano es una prohibición de la Torá.
Nuestro maestro, de bendita memoria, asumió esta opinión y la fundamentó con otros argumentos halájicos y determinó que también en nuestro caso la persona que por error pronuncia la bendición sobre un alimento durante el día de ayuno puede probar del mismo y continuar el ayuno hasta la noche.