Como vimos en la entrega anterior, según la halaja se puede cumplir con el precepto de las velas sabáticas con la luz eléctrica, ya que el fundamento de este precepto instituido por los rabinos es que se ilumine el hogar para así incrementar el deleite y la armonía en el mismo todo lo cual se puede lograr con las luz eléctrica. De todas maneras, se tiene la posibilidad de encender las velas de Shabbat con aceite y mechas de algodón o velas de cera, es preferible hacerlo de esta forma.
Según la opinión de Maran en el Sh. Aruj después de que la mujer encendió las velas de shabbat no puede otra persona encender otras velas o luminarias en el mismo recinto, pues tras haberse cumplido en el mismo el precepto de las velas sabáticas ya no se deben encender otras, aun cuando al incrementar luz se incrementa el deleite y la alegría, de todas formas ya se cumplió en precepto instituido por los sabios del encendido de velas para Shabbat.
De lo anterior, se concluye que según la opinión de Maran tras haber encendido la madre las velas sabáticas no puede la hija encender otras velas en el mismo recinto aun cuando el incremento de luz produzca más alegría y placer en Shabbat. Si la hija desea hacerlo debe encender otras velas sin pronunciar la bendición sobre las mismas.
Por lo tanto, según lo anterior escribe nuestro maestro Rabí Ovadia Yosef, z”l, que entendiendo que se cumple con el precepto de las velas sabáticas con la iluminación eléctrica, se debe apagar la misma previo al encendido de las velas para el Shabbat y al pronunciar la bendición sobre las mismas se debe pensar en que esta bendición sirve asimismo para la iluminación eléctrica de la casa que se encenderá posteriormente.