Pregunta: Las personas que suelen separar de sus ingresos mensuales el diezmo monetario ¿pueden destinar el mismo a la educación y demás necesidades de los hijos que de él dependen?
Respuesta: Como hemos visto anteriormente, es una obligación para cada judío colaborar con la tzedaka –caridad- y se cataloga como una condición intermedia entregar como mínimo un diez por ciento de los ingresos.
Ahora, se puede destinar este diezmo a los hijos que de él dependen? Según la halajá prescripta en el Talmud y el Shuljan Aruj la persona no está obligada a mantener a sus hijos menores y todo lo que se hace por ellos es como parte de la obligación de la tzedaka. Afirma el Talmud (Quetubot 50ª) sobre el versículo Dichosos quienes guardan la justicia y hacen lo justo en cada momento, que esto se refiere a quienes mantienen y alimentan a sus hijos menores. O sea que la persona que mantiene a sus hijos menores que se hallan por sobre los seis años, es considerada dicha acción como una tzedaka, una caridad a la que está obligado cada judío. Y así lo legisla Ramba”m (Leyes sobre Regalos a los Menesterosos cap. 10) quien enseña que la persona que alimenta y provee de sus necesidades a sus hijos pequeños aún cuando según la halajá no está obligado a hacerlo, se considera dicha acción como un acto de tzedaka.
Debido a esto escribe Rabí Meir de Rotemborg z”l que la persona puede destinar el diezmo de sus ingresos a pagar la educación de sus hijos menores pues esto se considera una tzedaka; y a pesar de que el Hid”a disiente de Rabí Meir de Rotemborg z”l pues afirma que según la Kabalá existe una obligación de entregar el diezmo a la tzedaka. Asimismo, sólo los preceptos que no se podían haber cumplido sin el dinero del diezmo pueden ser llevarse a cabo con este dinero, no aquellos que de todas formas se hubiesen cumplido, como la manutención de los hijos menores que poseen más de seis años. De todas formas nuestro maestro Rabí Ovadia Yosef, z”l disiente de esta opinión del Hid”a y sostiene que la halajá se dictamina según la opinión de Rabí Meir de Rotemborg z”l y se puede destinar el diezmo monetario a la manutención y educación de los hijos mayores de seis años ya que esto también se considera una tzedaká. Y aún cuando en la actualidad según lo instituido por el superior rabinato de Israel las personas deben mantener a sus hijos hasta la edad de quince años, esto no impide que se destine el dinero del diezmo –ma´aser- para mantener a los hijos.
De todas formas, la persona que acostumbró hasta el momento separar el diezmo de sus ingresos para necesidades de Tzedaká, es adecuado que realice “hatarat nedarim” –nulidad de las promesas- sobre su costumbre de separar el diezmo para la caridad, y a partir de ahora lo destine a la manutención y educación.
Por supuesto esto aplica exclusivamente a aquellas personas que educan a sus hijos en instituciones religiosas, no se puede destinar el dinero del ma´aser a la educación de los hijos en institutos laicos.
Y si puede destinar el ma´aser para cuestiones de tzedaka y evitar abonar la educación de los hijos con el mismo, se considera esto un acto de suma piedad y recaerá sobre él la bendición de l cielo.