Como hemos visto, uno de los aspectos del año sabático, Shemitá, es la remisión de las deudas al finalizar este año, lo que se denomina shemitat quesafim. Es decir que de no haber cobrado las deudas antes de que finalice al año séptimo las mismas ya no podrás ser cobradas.
Sin embargo, como vimos en la entrega anterior se puede firmar un prozbol, o sea un documento por medio del cual se transfieren las deudas al tribunal rabínico que será el encargado de cobrarlas. Y esto, debido a que sólo remiten las deudas que el hombre reclama de su compañero, sin embargo las deudas que reclama el tribunal no remiten ya que el precepto de remisión no aplica al tribunal sino a los individuos.
Este documento de prozbol es válido sólo para las deudas que lo anteceden. Sin embargo si la persona realiza un préstamo después de haber realizado un prozbol éste no cubrirá dicho préstamo y deberá realizar un nuevo prozbol. Por ello se acostumbra realizar el prozbol durante el mes de Elul a fin de cubrir todas las deudas que se pudiesen contraer durante el año. Pero si la persona presta dinero después de haber firmado el prozbol en Elul, antes de Rosh Hashana deberá firmar un nuevo prozbol.
Muchos individuos piadosos ya finalizando el año shemitá hacen un préstamo simbólico, por poco dinero a un conocido para que al intentar devolverlo después de Rosh Hashana le pueda decir, “cancelo la deuda”, pues así se aprende del ver. que la persona debe expresar verbalmente la cancelación de la deuda. Y entonces el compañero deberá insistir para que reciba el dinero adeudado en calidad de regalo aún cuando la deuda en sí haya caducado.
Nuestros sabios afirman que no es apropiado evitar reintegrar el dinero de una deuda que caduca el año shemitá ya que lo mismo supone una actitud de ingratitud hacia aquel que le hizo un favor cuando lo necesitó.