Generalmente, el día siguiente a Tisha Beab rigen ciertas costumbres de luto que continúan a las del día mismo de Tisha Beab. Veremos este año, 5782 en que el 9 de Ab acontece en Shabat y se difiere el ayuno para el día domingo cómo debemos proceder.
Tras la salida de las estrellas del día de Tisha Beab, aproximadamente unos veinte minutos tras la puesta del sol (En Israel), concluye el ayuno y está permitido comer. Algunas personas suelen realizar netilat yadaim –lavado de manos ritual- pues durante el día de Tisha Beab no pudieron realizar la misma en forma total como se lo hace generalmente.
El Talmud (Ta´anit 29) enseña que el 7 de Ab los romanos ingresaron al santuario y el día 9 por la noche le prendieron fuego y continuó ardiendo hasta el día 10 de Ab en que se incineró por completo. Y afirmó Rabí Yojanan, si hubiese estado en esa generación hubiese instituido el ayuno el día 10 de Ab, pues en el se quemó la mayoría del santuario. Y los rabinos de aquella época, que instituyeron el 9 como fecha de ayuno consideraron que el comienzo de la tragedia es lo que reviste mayor gravedad.
Como hemos visto, según la costumbre ashkenazi la prohibición de comer carne incluye el mismo día de Rosh Hodesh Ab, en tanto que los sefaradim se abstienen de comer carne a partir del día siguiente a Rosh Hodesh. En cuanto al día 10 de Ab, es decir el día siguiente a Tisha Beab existen diferentes costumbres. En tanto los ashkenazim comen carne a prtir del mediodía del 10 de Ab, los sefaradim se abstienen de consumir carne el 10 de Ab durante todo el día.
En relación al corte de pelo y lavado de ropa las costumbres son inversas, pues los ashkenazim prohíben durante todo el día 10 de Ab en tanto que los sefaradim lo permiten con la salida misma del 9 de Ab.
Este año 5782, en que el ayuno acontece en Shabbat y se posterga para el día domingo, existe divergencia en cuanto al día posterior al ayuno, es decir al 11 de Ab. Algunas opiniones sostienen que también en este caso se debe abstener de consumir carne el dìa siguiente al ayuno, o sea el 11 de Ab y así lo legisla Ram”a (Sh, Aruj cap. 558) y otras grandes autoridades ashkenazitas.
Sin embargo, Rabí Hayim Vital z”l escribió que en estos casos no solía abstenerse de consumir carne el 11 de Ab. Y nuestro maestro Rabí Ovadia Yosef z”l escribe que así se puede entender también la opinión de Maran. Y así lo dictaminan otras grandes autoridades sefaraditas.