Halajá para lunes 12 Shevat 5785 10 febrero 2025

ÉSTA HALAJÁ SE EDITA PARA LA ELEVACIÓN DEL ALMA DE

HAJAM YOM TOV YEDID HALEVY BEN ZAKIE Z"L

NEW YORK

ALIMENTOS PRINCIPALES Y SECUNDARIOS –CONTINUACIÓN-

Pregunta: La persona que come un trozo de pescado acompañado de pan ¿exime la bendición del pescado al pan por ser secundario a éste?

Respuesta: como vimos anteriormente, existen alimentos importantes y los secundarios a estos. Tafel veikar, como en el caso de arroz acompañado de arvejas, bendice sólo sobre el arroz y no sobre las arvejas ya que estas se consideran secundarias al alimento principal que es el arroz.

Dice el Talmud (Berajot 44) que la persona a la que le ofrecen un alimento sumamente salado o muy dulce y acompaña el mismo con un trozo de pan, no debe bendecir sobre el pan ya que en este caso es suplementario del otro alimento. Es decir, que si la intención es consumir el alimento que es muy dulce o muy salado y el pan que consume con este o posterior a este es sólo con la intención de romper el sabor intenso del primer alimento, el pan en este caso es secundario y por lo tanto la bendición que pronunció sobre el alimento exime al pan.

Explica Rabenu Yona (s. XIII) sobre este párrafo del Talmud, que no trata de enseñar la legislación de alimentos primarios y secundarios, ya que la misma la estudiamos algo más arriba con respecto al pan, que exime a los demás alimentos pues son secundarios a él. Pero lo que nos enseña es que incluso el pan puede convertirse en un alimento secundario, como es el caso que legisla el Talmud arriba mencionado.

Y así lo legisla Maran (Sh. Aruj cap. 212) donde escribe que cualquier alimento básico exime de la bendición, tanto previa como final al alimento que lo acompaña, incluso si el alimento que lo acompaña es más importante, como el caso del pan que acompaña a un pescado muy salado o a una mermelada o fruta muy dulce, la bendición de este alimento exime al pan.

Por supuesto que esta legislación no es tan genérica y no en todos los casos aplica, pues si la persona desea comer un trozo de pescado y lo acompaña con algo de pan debe lavarse las manos y bendecir sobre el pan, sólo es aplicable la legislación arriba mencionada si el pescado o dulce poseen un sabor muy intenso y consume un trozo de pan para suavizar el sabor en la garganta, sólo entonces el pan es secundario al alimento.

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