Halajá para martes 12 Sivan 5784 18 junio 2024

ÉSTA HALAJÁ SE EDITA PARA LA ELEVACIÓN DEL ALMA DE

HAJAM YOM TOV YEDID HALEVY BEN ZAKIE Z"L

NEW YORK

CASAMIENTOS

Pregunta: Puede el hombre casarse con la hermana de su esposa fallecida?

Respuesta: el Talmud (Moed Katan 23ª) cita un episodio con Rabì Yosef Hacohen que falleció su esposa dejàndole huerfanos pequeños y tras treinta dìas desposó a la hermana de su esposa fallecida. Asimismo el Talmud Yerushalmi (Yebamot 84) enseña que Rabì Tarfon quedó viudo de su esposa con niños pequeños y tras treinta días de duelo desposó a la hermana de la fallecida.

Sin embargo, Rabí Yehuda Hajasi (una de las primeras autoridades rabìnicas) escribió en sus famosas normas testamentarias que la persona no debe desposar a la hermana de su esposa fallecida pues existe peligro si lo hace (obviamente debido a cuestiones místicas).

Escribe sobre esto nuestro maestro Rabì Ovadia Yosef, z”l, (Yebia Omer tomo 10 sección Yore Dea cap. 12) que ante la situación específica del fallecimiento de la esposa que deja huérfanos pequeños es probable que incluso Rabí Yehuda Jasid acepte que puede el esposo casarse con la hermana de la fallecida si ambos desean hacerlo y así beneficiar a los huérfanos e incluso sería esto ideal hacerlo. Y así enseña el Talmud (Yebamot 63b) sobre el versículo que dice: “Tus hijos e hijas serán entregados a otros pueblos”, que se refiere esto a la esposa del padre. O sea que es beneficioso para los huérfanos que el padre despose a la hermana de su esposa fallecida pues ella los tratará con mayor piedad y condescendencia que  otra mujer. Pues si existen dudas razonables de que otra mujer no tratará a los huerfanos con la sensibilidad que amerita hacerlo es apropiado que despose a la hermana de la fallecida que si lo hará.
Esto, por supuesto, sumado a la postura de numerosas autoridades halàjicas que sostienen que Rabì Yehuda Hahasid no dejó estas instrucciones sino a su descendencia y no a todo el mundo.

El gran erudito Rabi Itzja Eljanan z”l (En Itzjak cap. 36) fue consultado por el caso de un hombre que falleció su hija mayor dejando niños huerfanos, en tanto que su segunda hija se hallaba comprometida. Esta hija, tras el fallecimiento de su hermana dejó enretrever su voluntad de casarse con su cuñado viudo y asimismo este expresó su aceptación. El padre, le consultó al Rabí la posibilidad de anular el compromiso de la hija pequeña para que esta se case con el viudo. El Rabí se explaya en su responsa y concluye que está permitido anular el compromiso para permitir que la hija pequeña se case con el viudo, lo cual redundará en beneficio de los huérfanos pequeños, pues obviamente su tía los tratará con mayor piedad que cualquier otra mujer, y no tuvo en cuenta en absoluto las indicaciones de Rabì Yehuda Hahasid.

En conclusión, está permitido desposar a la hermana de la esposa fallecida, especialmente si se trata de beneficiar a los huérfanos pequeños.

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