En la entrega anterior, hemos visto los pormenores del juramento que la persona debe realizar según la halajá ante un tribunal y la gravedad del mismo, ya que debía jurarse en nombre del Eterno, sosteniendo una Torá, etc. todo lo cual llevaba a algunas personas que debían jurar a desistir del juramento aún cuando ello suponía que tenían que pagar lo que adeudaba.
A continuación, hablaremos sobre la expresión “te juro que” utilizada por muchas personas para confirmar sus palabras. Posee tal expresión condición de juramento? Está prohibido expresarse de esta forma?
Divergieron nuestros sabios en el Talmud (ver comienzo del tratado Shabuot) sobre los juramentos en los que no se incluye el nombre divino, si poseen validez. Por ej. si la persona declara: “Juro que he visto tal y tal cosa”! Es considerada esta expresión juramento o no? Y es opinión avalada por las autoridades halájicas que aún cuando no aplica el castigo de “malkut” – latigazos- a un juramento falso en el que no se incluye el nombre divino, tal expresión está prohibida por la Torá y se considera una trasgresión de la misma, tanto si el juramento se refiere a un hecho pasado como si jura sobre una acción futura. Y así se expide Maran en el Shuljan Aruj (Yore Dea cap. 237) donde escribe:Quien dice juro que haré, o no haré tal cosa, tal expresión es considerada un juramento aún cuando no ha pronunciado el nombre divino o alguno de sus apodos en el mismo.
Inferimos de lo anterior, que aquellas personas que por desconocimiento o liviandad juran determinadas cosas, se causan un grave perjuicio como ya lo vimos más arriba. Pues tanto por las promesas incumplidas como por los juramentos, mueren los hijos, D-os no lo permita, y los castigos que esta trasgresión genera son sumamente graves. Y aún cuando jure por algo real, al expresarse continuamente de esta forma podrá, eventualmente utilizar esta expresión en forma irregular e incurrirá en esta grave trasgresión. Especialmente aplica esto para aquellas personas que juran sobre un hecho futuro, por ej. si juran que no hablarán nunca más con fulano, etc. en cuyo caso es muy factible que incurran en un juramento o promesa falsos.
Escriben los comentaristas, entre ellos el gran sabio Rabí Eliezer Papo z”l (autor de la obra Pele Yoetz s. XVIII Bosnia) que no sólo rige esta prohibición sobre los juramentos pronunciados en idioma hebreo, sino incluso si se pronuncian en otras lenguas, como por ej. en árabe la expresión “alla” lo cual significa jurar en nombre de D-os. Y lo miso aplica para cualquier otro idioma, como en español “por D-os haré tal cosa”, etc.
Asimismo, aquellos que juran por la vida de sus padres o hermanos etc. no sólo trasgreden la prohibición de jurar en falso sino que irrespetan a aquellos en cuyo nombre juran permanentemente.
Explican los comentaristas el versículo que dice: Pues no limpiará D-os a quien pronuncie Su nombre en vano, que la expresión “Su nombre” hace referencia al propio nombre de quien jura, o sea que D-os no disculpará a quien utilice incluso su propio nombre para jurar en vano.
Concluiremos con una anécdota sobre Rabí Abdalla Somej z”l, gran rabino de Babel hace más de cien años, quien debía jurar en falso ante un tribunal árabe en Irak para proteger a sus hermanos judíos de falsas acusaciones que se levantaron contra ellos; como es sabido, dichos tribunales eran sumamente crueles y desalmados, especialmente con los judíos. Que hizo este gran rabino, que no deseaba jurar en falso aún ante una situación tan comprometida? En lugar de decir “Walla hi” –en árabe: en nombre de D-os- dijo “Wala hi” –sin acentuar la doble ele, lo cual en arameo significa “no es así”-. Los jueces, por supuesto, no percibieron el cambio en la pronunciación y aceptaron el juramento pronunciado por tan venerable personaje. O sea que aún ante una situación tan peligrosa se abstuvo de jurar en falso y utilizó un ardid para evitar hacerlo.
En conclusión, las personas que permanentemente utilizan la expresión “te juro”, cometen un grave error y pueden incurrir en la transgresión de jurar en falso con toda la gravedad que ello supone, como hemos visto, pues estas expresiones aún cuando no incluyen el nombre del Eterno poseen vigencia de juramento según la Torá.