La Quetubá, o documento matrimonial judío, es el documento que se redacta a los efectos de una boda. En este documento se incluyen las obligaciones que el esposo contrae para con su esposa, como alimentarla, vestirla debidamente según sus posibilidades; asimismo se compromete por medio de un juramento a no desposar otra mujer mientras se hallen casados. Este documento es obligatorio según la halajá y no se permite la convivencia de los cónyuges sin la firma del mismo.
También, por medio de este documento el esposo se compromete, en caso de divorcio, a abonar el monto que aparece en el mismo, lo cual está dirigido a evitar que el esposo divorcie a su esposa fácilmente, pues si decide divorciarla por algún altercado u otro motivo, sabrá que tiene que abonar el monto al que se comprometió por medio de la Quetubá.
En la actualidad, muchos agregan un monto adicional a la Quetubá denominado tosefet quetubá –monto adicional-. Este monto forma parte del compromiso que asume el esposo de abonar a su esposa en caso que decida divorciarla. Es común en los tribunales rabínicos que se presenten parejas a divorciarse y los hombres no tienen argumentos válidos para ello, por lo tanto, el tribunal exige el pago de la Quetubá para proceder con el divorcio.
De aquí, inferimos la necedad de quienes argumentan que en el judaísmo la mujer se halla sometida al esposo prácticamente como una sirvienta, y que de hecho ello está declarado en la Quetubá. Todo lo cual es absolutamente falso pues en la Quetubá aparecen exclusivamente las obligaciones del esposo, las obligaciones de la mujer no están incluidas en la misma. Por supuesto es falso que la mujer pertenezca al hombre como una sirvienta, pues nuestra sagrada y eterna Torá, escrita por el Todopoderoso creador del hombre y la mujer y de la naturaleza particular de cada uno de ellos, enseña cómo deben tratarse mutuamente para que la santidad pose en el matrimonio y el mismo se convierta en un lazo eterno de dicha, tanto en este mundo como en el venidero.