Fecha de la Halajá: 5 Tevet 5785 5 enero 2025
Como vimos en distintas ocasiones, con respecto a la bendición sobre los alimentos que pronunciamos previo a consumirlos, aún cuando se come una mínima cantidad se debe pronunciar la bendición ya que está prohibido obtener provecho alguno de este mundo sin recitar la bendición correspondiente. Por ello, incluso si bebe una gota de agua debe pronunciar la bendición “sheacol” o se come un trozo muy pequeño de torta de bendecir “mezonot”. Sólo con respecto a la bendición final, como en el caso de “bircat hamazon” requiere una medida mínima para poder recitar la bendición, en el caso del pan un “cazait” -29 gramos-.
El Talmud (Berajot 14) afirma que al probar un alimento no es necesario pronunciar la bendición correspondiente, ya que la misma fue instituida sólo cuando se consume el alimento y no cuando la intención es probarlo para comprobar si le falta algún condimento. Sólo si consume una cantidad equivalente a 86 ml. –en la halajá un “reviit”- debe pronunciar la bendición ya que esta cantidad no se consume sólo para probar y de hecho la intención al consumir esta cantidad es comer y no probar.
Existe, en relación al párrafo del Talmud arriba mencionado, que el probar no requiere bendición, un divergencia entre las grandes autoridades. Según Rabenu Hananel z”l sólo si expele el alimento que probó y no lo traga está exento de la bendición, sin embargo si lo traga no se considera “probar” y debe pronunciar la bendición previa. Difiere de esta opinión Ramba”m y escribe que incluso si lo traga, si la intención es sólo probar el alimento y no comer, está exento de la bendición previa.
Escribe Maran en su obra Bet Yosef, que teniendo en cuenta que la opinión de Ramba”m es compartida por el Ri”f, y que existe en esta divergencia un “safek berajot” o sea una duda sobre si debe bendecir o no al tragar lo que prueba, y como en toda duda sobre una bendición debemos omitirla para evitar que eventualmente pronunciemos el nombre de D-os en vano. Por lo tanto, dictamina Maran que no se pronuncia bendición si la intención es solamente probar la comida.
Nuestro maestro, Rabí Ovadia Yosef z”l escribió que la opinión de Rabenu Hananel es compartida por el Tashbe”tz (Rabí Shimon Duran z”l una de las grandes autoridades de los primeros tiempos) y otras grandes autoridades que también consideran que la afirmación del Talmud en cuanto a que al probar de un alimento no se bendice aplica sólo si no lo traga. De todas formas, siendo que Maran dictamina según la opinión de Ramba”m así debemos dictaminar a los efectos halájicos.
Pero a fin de evitar esta divergencia halájica, cuando la persona desee probar un alimento y tragarlo, será conveniente que decida no sólo probar sino también consumir del mismo incluso una pequeña cantidad, y así deberá pronunciar la bendición de acuerdo a todas las opiniones.