Nuestros sabios (Guitín 7) tras la destrucción del sagrado Templo de Jerusalén instituyeron la prohibición de oír música instrumental, con excepción de las ocasiones de mitzva, como un casamiento, etc. en que se contratan los servicios de orquestas o música en honor a la ceremonia religiosa y se interpretan todo tipo de canciones en honor al Eterno.
En las últimas generaciones, la autoridades halájicas dictaminaron que se puede escuchar música instrumental en radios o aparatos musicales aún cuando no se trate de una ocasión religiosa y así acostumbran grandes autoridades rabínicas y piadosos del jasidut.
Sin embargo durante los días de la cuenta del Omer, en que fallecieron los 24 000 alumnos de Rabí Akiva y llevamos a cabo varias costumbres de luto debido a ello, corresponde aplicar la prohibición de escuchar música instrumental, como lo dictaminara Rabí Moshe Feinstein z”l (Igrot Moshe O. Hayim cap. 166) y otras autoridades rabínicas, entre ellas nuestro maestro Rabí Ovadia Yosef z”l.
Por ello, aún cuando durante el año solemos escuchar música, durante los días de la cuenta del Omer es preciso abstenerse.
Sin embargo, si se trata de un evento de mitzva, como una circuncisión, un casamiento, etc. se puede oír música ya que al tratarse de un evento de mitzva, no aplica la prohibición original de oír música.
Agrega nuestro maestro Rabí Ovadia Yosef z”l que si se trata de introducir en la sinagoga un nuevo libro de Torá, se puede contratar el servicio de orquesta o colocar música instrumental.