Escribió Rabí Meir Abulafia z”l (conocido como el Rem”a quien viviera hace aprox. 800 años y fue compañero de Najmanides y escribió incluso obras sobre cabalá) que no merecen el apelativo de talmid jajam, y por supuesto el honor reverencial que ello amerita sino aquellas personas que aunado a su conocimiento poseen un comportamiento digno y expresan por medio del mismo su temor a D-os. Pero aquellos eruditos que no se comportan en forma digna y no respetan los preceptos con seriedad, son considerados como la gente de más baja reputación que profanan el nombre divino. Y sobre ellos profetizó Mijá diciendo: Oidme esto, lideres de la casa de Jacob, jefes de la casa de Israel que todo lo recto tuercen…. Por ustedes Tzión será arada como un campo y Jerusalén restará como un montículo de piedras y el monte del sagrado templo será como las aras del desierto. O sea que el erudito en Torá, a pesar de sus conocimientos no es merecedor de ninguna honra si no se comporta con temor a D-os y con dignidad, como lo legisla Maran en el Sh. Aruj.
Y el Talmud (Moed Katan 17) cita un episodio con un erudito cuyas enseñanzas eran necesarias para el público y aún así Rabí Yehuda lo excomulgó debido a las malos comentarios sobre su persona. Y agrega el Talmud ib. Que dice el versículo: Los labios del sacerdote –el maestro- guardarán el saber y la Torá pedirán de su boca pues es un ángel celestial, de lo cual se concluye que si el maestro es similar a un ángel celestial entonces se requerirá su enseñanza, de la contrario no tomarán las mismas.
Y así lo legisla Maran en el Sh. Aruj basándose en este párrafo del Talmud.
Y mas adelante veremos detalles sobre esta legislación y sus aspectos más actuales.