Halajá para miércoles 15 Tevet 5771 22 diciembre 2010

ÉSTA HALAJÁ SE EDITA PARA LA ELEVACIÓN DEL ALMA DE

HAJAM YOM TOV YEDID HALEVY BEN ZAKIE Z"L

NEW YORK

EL CUARTO DE BAÑO

Pregunta: Está permitido pronunciar palabras de Torá en el cuarto de baño?
 
Respuesta: Está escrito en la Torá: Y no se verá en ti desnudez alguna, comenta el Talmud (Shabbat 23ª) que enseña este versículo que la persona desnuda no puede pronunciar palabras de Torá, por lo tanto, no está permitido estudiar Torá mientras se ducha o baña pues estando desnudo, como acabamos de ver, no puede estudiar Torá. Sin embargo, todo esto aplica en respecto a hablar cuestiones de Torá estando desnudo, pero pensar en Torá desnudo no se incluye en la prohibición de la Torá.
 
Por otro lado, encontramos en la Torá una prohibición adicional, pues está escrito: Y será tu campamento, sagrado, lo cual significa que no se puede pronunciar palabras de Torá en lugares inadecuados y no respetables. Asimismo tampoco se pueden pronunciar palabras de Torá en un baño o en un lugar sucio, en todos estos casos incluso pensar en palabras de Torá está prohibido. Por lo tanto, debemos analizar el caso de un cuarto de baño, que se halla totalmente limpio, si se puede pensar en Torá dentro del mismo.
 
Afirma el Talmud (Shabbat 10ª) La persona que ingresa a un recinto de baño (en la época del Talmud los lugares de baño poseían tres cuartos diferentes, el primero en el que todas las personas permanecían vestidas, el segundo algunos vestidos y otros ya desvestidos, y el tercero en el que todos se encontraban desnudos), en la habitación en que todos permanecen vestidos se permite leer la Shema, orar la amidá e incluso colocarse los tefilín; en el cuarto en que todos se hallan desnudos no se permite hablar ninguna cuestión sagrada, incluso saludar con la palabra “Shalom”, pues la misma hace referencia asimismo a D-os).
 
Con respecto al cuarto intermedio, en el que permanecen personas vestidas y otras desnudas, escribe Rabbenu Nissim (Ra”n s. XIV) en el tratado de Avodá Zará (folio 44ª) que aún cuando no se pueden hacer comentarios de Torá en este cuarto, se pueden pensar cuestiones de Tora en el mismo, e incluso responder alguna eventual pregunta sobre algo prohibido o permitido, en forma escueta, o sea si o no, pues esto se considera “pensar” una cuestión de Torá ya que no se explica ningún argumento sobre la pregunta.
 
Escribe el Rashb”a en una de sus responsas (Tomo 7 cap. 418), que la costumbre de sumergir objetos en la Mikve –baño ritual- para su purificación pronunciando la bendición correspondiente, aún cuando está prohibido incluso pronunciar la palabra “shalom” en este recinto, es debido a que esta prohibición de pronunciar palabras de Torá aplica en los lugares en los que el agua está caliente y por lo tanto el lugar es indecoroso, pero en los cuartos de baño en los el agua está fría no existe prohibición de pronunciar palabras de Torá. Inferimos de esta responsa del Rashb”a, que la prohibición de pronunciar palabras de Torá en los cuartos de baño no se debe a que en los mismos generalmente las personas se hallan desnudas, sino a la suciedad que impregna los lugares en los que la gente se baña con agua caliente. Por lo tanto, los lugares en los que no se utiliza agua caliente y no hay ninguna persona desnuda, se pueden pronunciar palabras de Torá e incluso bendecir por el precepto de sumergir objetos en la Mikve.
 
Nuestro maestro, Rabi Ovadia Yosef, Shlit”a, en su obra Yebia Omer (Tomo 5 cap. 11) se explaya al respecto y cita varias fuentes que confirman el motivo de la prohibición de pronunciar palabras de Torá en un cuarto de baños por tratarse de un lugar generalmente sucio y hediondo debido al agua caliente. Y asimismo cita fuentes que justifican la diferencia entre los cuartos de baño públicos y los particulares, como los que hoy disponemos en nuestros hogares.
 
De todas formas, escribe allí que los cuartos de baño de nuestros hogares deben ser considerados como los recintos intermedios de los que hablamos más arriba, en los que no se deben pronunciar palabras de Torá pero sí está permitido pensar cuestiones de Torá en los mismos. Por ello está permitido introducir un aparato reproductor en el cuarto de baño para escuchar comentarios de Torá mientras se ducha, pues en cuanto a que se halla desnudo, ya hemos explicado que la prohibición no aplica para el pensamiento sino sólo para el hablar palabras de Torá, incluso si estuviese allí vestido, y en el mar incluso si está desvestido.
 
En conclusión, en los cuartos de baño o duchas de la actualidad se puede pensar cuestiones de Torá pero no hablar temas de Torá o sagrados, por ello se puede oír en los mismos una reproducción de temas de Torá.
 
Por supuesto, todo lo anterior es válido en relación a los cuartos de ducha que no poseen retretes para hacer necesidades fisiológicas, ya que en este caso se prohíbe totalmente tanto hablar como pensar cuestiones de Torá.

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