Pregunta: A que altura de la jamba de la puerta ha de colocarse la mezuza?
Respuesta: Tanto en el Talmud (Menahot 33) como en los comentaristas leemos que la mezuza debe colocarse al comienzo del tercio superior de la jamba. O sea, si dividimos la altura de la puerta en tres, se debe colocar la mezuza comenzando el tercer tramo.
Existe divergencia entre la autoridades sobre si se colocó la mezuza por debajo de esta altura, por ej. si la colocó en medio de la jamba si aún así cumple con el precepto. Según el Ro”sh es precepto se cumple de todas formas y según el Ramba”m no es válido y así lo legisla Maran (Sh. Aruj Yore Dea cap. 189), por lo que si se colocó por error o desconocimiento la mezuza en por debajo del tercio superior, será preciso quitarla y volver a colocarla.
Ahora, debemos analizar el caso de una puerta sumamente alta en la que, de colocarse la mezuza comenzando el tercio superior la misma quedaría fuera del alcance de las personas. Así, aquellos que acostumbran besar la mezuza al entrar o salir de la casa no podrían hacerlo. En este caso se puede colocar la misma al alcance de las personas o también en este caso de debe colocar la mezuza comenzando el tercio superior.
A los efectos halájicos, escribe nuestro maestro Rabí Ovadia Yosef z”l (Halijot Olam tomo 8 folio 248) que en todos los casos es preciso colocar la mezuza al comienzo del tercio superior. Y no se debe dejar de lado el dictamen del Shuljan Aruj de colocar la mezuza al comienzo del tercio superior por la costumbre de besar la mezuza.