Halajá para miércoles 29 Cheshvan 5777 30 noviembre 2016

ÉSTA HALAJÁ SE EDITA PARA LA ELEVACIÓN DEL ALMA DE

HAJAM YOM TOV YEDID HALEVY BEN ZAKIE Z"L

NEW YORK

EL PERRO EN LA SINAGOGA

Pregunta: Es permitido que el ciego ingrese con su perro lazarillo a la sinagoga?

Respuesta: Estudiamos en el Talmud (Meguila 28ª): En la sinagoga no se lleva a cabo ninguna práctica liviana, no se come en ellos ni se duerme, en general no se hace uso personal del templo. Explican los comentaristas, que el respeto debido a la sinagoga es similar al debido al gran Templo de Jerusalén. Y numerosas opiniones sostienen que se trata de un precepto de la Torá.

Con respecto a ingresar el perro a la sinagoga, nuestro maestro R. Ovadia Yosef z”l no trató el tema, sin embargo trataremos de desarrollarlo analizando las distintas opiniones rabínicas.

De hecho, si hallamos que era permitido ingresar a la explanada del Templo con animales, inmediatamente podremos deducir que es permitido introducirlos en la sinagoga, pues el área del Templo posee una santidad superior a la sinagoga. Y sí, se ingresaba con animales al gran Templo pues las personas traían sus ofrendas para sacrificarlas en el mismo. Por lo tanto, no existe prohibición de ingresar con los animales a la sinagoga, especialmente si se trata del perro que le posibilitará al no vidente integrarse al quorum de la sinagoga. Y así, el Talmud (Shekalim cap. 7), enseña que los comerciantes ingresaban con los animales al monte del Templo para venderlos a los judíos que necesitaban uno para su ofrenda.

Hay opiniones que sostienen que el perro, al tratarse de un animal impuro que en cierto modo genera rechazo, no se debe ingresar con el mismo a la sinagoga. Sin embargo no encontramos que las autoridades que trataron el tema diferenciaron entre un animal y otro. Y así Rabí Moshe Feinstein z”l (Igrot Moshe, Orah Hayim cap. 45), escribió autorizando, de no existir otra posibilidad, el ingreso del perro que acompaña al ciego en la sinagoga. Y cita como prueba el Talmud de Jerusalén, y aún cuando hay quien disiente de esta opinión de Rabí Moshe Feinstein z”l, siendo que hallamos explícito en el Talmud que se ingresaba con animales al Templo y no encontramos una opinión explícita que diferencie entre un perro y otro animal, es permitido que el ciego ingrese con el perro a la sinagoga en tanto el animal se mantenga quieto y no atemorice a los feligreses y se comporte de manera que no ofenda la santidad del lugar. Por lo tanto, de no mediar otra solución se debe permitir al ciego ingresar con su perro a la sinagoga para que pueda rezar e integrarse al quorum de la misma.

Y así lo dictaminó el Gran Rabino de Israel, Rabí Itzjak Yosef, Shlit”a, quien escribió que se debe tratar de hacer que el can permanezca fuera de la sinagoga, pero de no poder hacerlo se debe permitir que ingrese con su dueño para facilitarle que pueda rezar (Yalkut Yosef).

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