Pregunta: Esta semana pasada, freí una milanesa de pollo y a un lado de la cocina donde freía la milanesa había un recipiente con sopa de pescado descubierto. En cierto momento, por descuido se salpicaron una gotitas de aceite dentro del recipiente que contenía el pescado. Se pueden consumir el pescado?
Respuesta: En principio, es preciso aclarar los orígenes de esta prohibición. Como vimos en entregas anteriores es prohibido comer carne y pescado, esto no responde a una prohibición de la Torá sino a una prohibición de origen rabínico, debido a que nuestros sabios recibieron como tradición que esto dos alimentos provocan enfermedades.
Existe una regla básica con respecto a los alimentos prohibidos, quedan nulos si sólo representan una sesenta ava parte de la mezcla. Por ej. si una gotas de leche caen dentro de una sopa de carne, la leche se anula pues el sabor de la misma se diluye debido a que hay en la mezcla sesenta veces más carne o sopa de la misma que leche, que sólo se salpicó en una gotas. Y lo mismo aplica a las demás prohibiciones como cebo, sangre, etc.
Sin embargo en nuestro caso, que no se trata de una prohibición más de la Torá sino de una prohibición rabínica debido al peligro que supone dicha mezcla podemos aducir que no aplica la regla de anulación en sesenta veces. Pues la idea de anulación en un sesenta avo responde a que en dicha cantidad se anula el sabor del alimento prohibido y por lo tanto sin sabor del mismo no rige la prohibición de la Torá. Pero en el caso de alimentos prohibidos debido al peligro que representan, incluso en mil veces más puede no anularse. Como ocurriría con una pizca de veneno que cae en una gran olla, la misma no se anula aún cuando el contenido de la olla supere en mil veces al veneno, ya que el mismo puede ser efectivo o perjudicar en cualquier cantidad, pues no depende el sabor que otorga a la mezcla.
Nuestro maestro Rabí Ovadia Yosef z”l ya hace más de sesenta años analizó el tema (Yebia Omer tomo 1 sección Yore Dea cap. 17). Allí, presentó dos opiniones existentes entre las autoridades halájicas al respecto. Unos sostienen que de la misma manera en que un alimento prohibido por la Torá queda nulo en una mezcla que lo supera en sesenta veces y desaparece la prohibición, lo mismo aplica para los alimentos que según la tradición rabínica suponen un peligro para la salud como en el caso de carne con pescado.
Otras autoridades opinan que existe una diferencia sustancial entre ambas prohibiciones, como citamos más arriba y por lo tanto los alimentos prohibidos por los rabinos debido al peligro para la salud que suponen no se anulan en una mezcla que los supere sesenta veces.
Dentro de la citada responsa, Rabí Ovadia Yosef z”l refirió la opinión del Peri Toar (Rabí Hayim ben Atar z”l autor de la obra Orah Hayim comentario sobre la Torá) quien sostiene que esta prohibición, de carne y pescado, aplica sólo si en la mezcla se percibe el sabor de la carne que cayó en el pescado o viceversa, pero si la presencia no otorga ningún sabor a la mezcla no existe prohibición alguna. Y acotó nuestro maestro z”l que aún cuando la regla de anulación en sesenta veces no aplica a los demás alimentos prohibidos por el peligro que representan, como el caso de un alimento al que posiblemente un reptil envenenó, es debido a la gravedad del peligro latente. Sin embargo en nuestro caso, carne con pescado, que no se trata de un peligro absoluto, sólo si en la mezcla se percibe sabor estaría prohibido y se anularía en sesenta veces.
Y agrega nuestro maestro z”l otro argumento al respecto basado en lo que escribiera el libro Beer Sheva cap. 38 que el peligro de consumir carne con pescado regía sólo en Babel (actual Irak) en donde se encontraban los sabios del Talmud que escribieron al respecto e investigaron las especies de pescado que se dan en aquellas latitudes y determinaron que las mismas son peligrosas si se consumen con carne. Y así el Midrash comenta que no se asemejan los peces de Aco a los de España, o sea que varían las características de los peces según las geografías a las que pertenecen. Y aún cuando a los efectos halájicos prohibimos la mezcla de carne con pescado, en el caso que nos ocupa en que existe anulación en sesenta, podemos autorizar la mezcla.
Y cita nuestro maestro en su obra que muchas autoridades halájicas autorizaron la mezcla de carne y pescado si existe anulación en sesenta (ver Kneset Haguedola, Peri Hadash y otros).
Por lo tanto, a los efectos halájicos así como en las demás prohibiciones si lo que prohíbe cae en sesenta veces queda nulo, lo mismo podemos aplicar a la mezcla de pescado y carne.