Como hemos visto, en Yom Tob –festividad- está prohibido realizar todo tipo de trabajo que en Shabbat no puede hacerse. Sin embargo, estoy excluye la cocción o preparación de alimentos –ojel nefesh- lo cual sì está permitido en Yom Tob.
De todas formas, no toda preparación de alimentos está permitida en Yom Tob, pues, por ej. la recolección de frutos, la cosecha de cereal, etc. aùn cuando esté destinada al consumo en Yom Tob no puede realizarse el día festivo. Tampoco puede exprimir en Yom Tob, o separar los residuos de los alimentos –borer- o moler alimentos incluso si todo esto se realiza para la comida festiva. ´
Existe divergencia entre las autoridades sobre el origen de estas prohibiciones. Algunos sostienen que se trata de una prohibición de la Torà en tanto que otros opinan que es una prohibición de origen rabínico.
El fundamento de esta discusión radica en que hay ciertas opiniones que sostienen que la prohibición de cosechar o recolectar frutos es debido a que estas acciones se realizan generalmente en forma masiva, es decir todo el campo, y si la persona lo hace así en Yom Tob estaría realizando un esfuerzo innecesario, por ello nuestros sabios lo prohibieron.
Por otro lado, algunas autoridades sostienen que estas prohibiciones son de la Torá y se fundamentan en el Talmud Yerushalmi que las atribuye a ciertos versículos, como allí puede verse. De las afirmaciones del Talmud Yerushalmi mencionado asimismo podemos inferir qué tipo de prohibiciones están prohibidas según la Torá y cuales por los sabios. Y nos dice este párrafo del Talmud: Está escrito en la Torá “y sólo aquello que sea para comer, se podrá realizar” e inmediatamente agrega la Torá: “Y guardaréis los preceptos”, para enseñarnos que no todas las tareas dedicadas a la comida se pueden realizar sino a partir del cuidado de la masa en adelante. O sea guardar la masa par que no leude, a partir de allí se pueden realizar todas las tareas necesarias para comer, pero todos los trabajos que se llevan a cabo antes del amasado, están prohibidos.
Por ello, aún cuando en Yom Tob está prohibido cosechar o recolectar frutos del árbol, sí se puede amasar, cocinar, hornear o freir para consumir en Yom Tob mismo.
A la luz de lo anterior, podemos decir sobre la preparación de los latkes –hamburguesas de papa-, que se preparan rayando la papa que posteriormente se le da forma de hamburguesas y se fríen, debería prohibirse ya que el rayado de las papas se asemeja a una forma de moler, como se lo hace con la harina, lo cual está prohibido obviamente en Shabbat y también en Yom Tob ya que se trata de un trabajo que se realiza antes del amasado de la masa, como cuando se muele la harina para preparar la masa del pan.
Sin embargo, de hecho se puede rayar verduras en Yom Tob para la cocción o fritura, pues no es propio de este tipo de rayadores utilizarlos para grandes cantidades sino sólo para lo que se desea cocinar en Yom Tob. Y teniendo en cuenta que no se puede rayar la verdura desde el día anterior pues de lo contrario perdería su frescura y sabor, autorizaron nuestros sabios hacerlo.
Aprendemos de lo arriba mencionado que no se puede exprimir frutos en Yom Tob, pues exprimir es una función derivada de la acción de trillar, en que se separaba la cáscara de la semilla del cereal, así también en este caso se separa el líquido del fruto y por ello está prohibido exprimir frutos para obtener su jugo y así lo legisló Maran (Sh. Aruj cap. 495 inc. 2). Con respecto a exprimir limones, para los sefaradim que se rigen según la legislación de Maran está permitido hacerlo tanto en Shabbat como en Yom Tob, para obtener su jugo o para condimentar comidas.