En la halajá anterior, vimos que existen alimentos cuya importancia determina que su bendición debe adelantarse a otros, por ej. los frutos de las siete especies con que fue distinguida la tierra de Israel. Si posee para bendecir higos y manzanas, aún cuando a ambos frutos corresponde la bendición de “haetz” –fruto del árbol-, debe adelantarse el higo pues pertenece a las siete clases.
Asimismo existe un ordenamiento en las bendiciones que responde a la importancia de la bendición misma, más allá del tipo de alimento. Por ej. el caso del queso y la manzana, ésta debe adelantarse pues su bendición, “boré peri haetz” es más especifica que la de “sheacol” perteneciente al queso.
A continuación, veremos el orden a seguir en las bendiciones cuando se tiene para consumir frutos del árbol y productos de la tierra, por ej. pepinos y manzanas, o ananás e higo, etc.
En realidad, existe divergencia entre los primeros grandes comentaristas, algunos consideran que la bendición de “haadamá” es menos específica que la de “haetz”, pues se refiere a todos los productos de la tierra, en tanto que haetz aplica sólo al producto de los árboles; por lo tanto, reviste menor importancia y debe pronunciarse en segundo lugar. Esta es la opinión del Ba´al Halajot Guedolot (s. XII).
Otras autoridades sostienen que sólo la bendición de “sheacol”, al ser totalmente genérica, posee menor importancia que las otras bendiciones y por lo tanto debe pronunciarse en último lugar. Sin embargo las bendiciones de “haetz” y “haadamá” no posee mayor importancia una sobre la otra y por lo tanto no existe entre ellas ningún orden a seguir. Y así opinan el Ri”f y Rab Hay Gaón y la mayoría de los grandes comentaristas.
A los efectos halájicos, Maran dictamina en el Shuljan Aruj según la opinión del Ri”f y la mayoría de las autoridades halájicas que establecen que no existe orden alguno entre las bendiciones de haetz y haadamá. Por lo tanto, si posee ananás y manzana puede bendecir sobre cualquiera de estos dos frutos en principio y posteriormente continuar con el otro sin restricción alguna.
FRUTOS DE LAS SIETE CLASES
De hecho, no sólo no existe obligación alguna de adelantar la bendición de “perí haetz” a la de “peri haadamá” como acabamos de estudiar, sino incluso si el fruto haetz pertenece a una de las siete especies con que fue alabada la tierra de Israel tampoco es necesario adelantarlo al fruto o verdura “perí haadamá”, pues esta obligación rige exclusivamente cuando ambos frutos poseen la misma bendición, por ej. si se tratase de dátiles y manzanas, pero si el caso es dátiles y pepinos, de todas formas debe pronunciar ambas bendiciones, por lo tanto no existe primacía alguna en este caso.
En conclusión, escribe Rabí Ovadia Yosef, z”l, que teniendo en cuenta la opinión de quienes disienten y requieren que se pronuncie la bendición de haetz en principio, es apropiado pronunciar ésta bendición primero y posteriormente la de haadamá, a menos que prefiera el fruto de la tierra o adamá. Como en el ejemplo arriba citado, si posee pepinos y dátiles para comer, podrá en principio bendecir sobre el pepino si le gusta más que el dátil. Sin embargo, de no poseer preferencia por ninguno de estos frutos en especial será apropiado bendecir sobre los dátiles primero.