Estudia el Talmud (Shabbat 95a) Afirma Rabí Shimon ben Eleazar en nombre de Rabí Eliezer que la mujer no debe colocar rubor en su cara pues estaría tiñiendo. Rashi explica literalmente que se trata del polvo facial que utilizan las mujeres para “ruborizar” su rostro. Por lo tanto debemos concluir que este rubor está prohibido utilizarlo en Shabbat. Y así lo dictamina Maran (Shuljan Aruj cap. 303 inc. 25) donde legisla que la mujer no debe utilizar polvo facial en Shabbat. Por lo tanto tampoco debe utilizar lápiz labial pues estaría pintando sus labios en Shabbat.
Sin embargo, escribe nuestro maestro Rabí Ovadia Yosef, Shlit”a, que el polvo facial al que hace referencia el Talmud era más adherente y por lo tanto se consideraba el utilizarlo teñir el rostro, pero el rubor que se utiliza en la actualidad y que se volatiliza en un corto tiempo no se incluye en esta prohibición y se puede utilizar en Shabbat. Es de esta misma opinión Rabí Moshe Feintein z”l. Obviamente esta autorización rige sólo para los polvos faciales secos que no contienen ninguna mezcla líquida o cremosa en su contenido, de otra forma está prohibida su utilización. Y así lo legisla el gran erudito Rabí Hayim Nae z”l en su obra Ketzot Hashuljan. Por lo que sólo se pueden utilizar en Shabbat los cosméticos secos y en polvo, sin embargo el rímel o labial que pintan de hecho en forma más firme, no pueden utilizarse en Shabbat. El maquillaje facial no puede utilizarse ya que se estaría “pintando” literalmente el rostro en Shabbat. El mismo polvo facial seco, que como vimos más arriba puede utilizarse en Shabbat, no puede colocarse en Shabbat sobre una base de maquillaje aún cuando este fue colocado desde el viernes, pues se estaría fijando el polvo facial por medio del maquillaje y resultaría un color más firme lo que se incluiría en la transgresión de teñir en Shabbat.
Como aclaramos, es preciso revisar los maquillajes para cerciorarse de que se utiliza en Shabbat sólo polvo facial seco y no aquellos que contienen alguna mezcla líquida o cremosa.