En la entrega anterior vimos que es necesario asir los alimentos sobre los que se bendice. Si el alimento no se hallaba frente a la persona, en principio debe repetir la bendición.
Escribe Maran que la persona que pronuncia una bendición sobre un fruto que se halla frente a él y lo consume, y posteriormente le traen frutos de la misma especie, no debe repetir la bendición. Por ej. si pronunció la bendición “peri haetz” sobre una naranja y la comió, y posteriormente le traen una mandarina, no debe bendecir sobre la misma. Esto no contradice la halajá que estudiamos anteriormente que de no hallarse el alimento sobre el que bendijo delante de la persona debe repetir la bendición, pues en aquel caso la bendición no recayó sobre ningún alimento, pero en el caso que nos ocupa ahora la bendición ya se pronunció sobre un alimento de la misma especie.
En principio es adecuado que se concentre en que su bendición aplica incluso a los alimentos –naranjas- que le traerán posteriormente. De no haberlo hecho así, de todas formas no debe repetir la bendición. Esta halajá aplica incluso sobre un alimento y un líquido que poseen la misma bendición. Por ej. si bendijo “sheacol….” sobre un pescado y posteriormente le traen un líquido, no tiene que pronunciar la bendición sobre el líquido pues aplica la misma bendición que pronunció sobre el pescado.
Es preciso aclarar, que si el fruto que le traen posteriormente es más importante que el fruto anterior sobre el que bendijo, aún si la bendición es la misma, debe repetir la bendición. Así lo legisla el Rashb”a. Y aún cuando Maran no legisla este principio del Rashb”a en el Shuljan Aruj, el mismo no aparentemente no se halla en discusión.
Escribe Rabbenu Ovadia Yosef, z”l, que quien desea apoyarse en la legislación del Rashb”a y no bendecir sobre el segundo fruto que es más importante, puede hacerlo. Aun así, en principio es apropiado que al pronunciar la bendición sobre el primer fruto piense en eximir al próximo fruto.