Pregunta: Está permitido plegar las prendas en Shabbat? Por ej. el Talit al terminar las plegarias matutinas en Shabbat ¿podemos volver a plegarlo por los pliegues ya marcados de la prenda para evitar que se arrugue o existe alguna prohibición al respecto?
Respuesta: El Talmud (Shabbat 113b) afirma: Se pliegan las vestimentas en Shabbat; y agrega el talmud, que sólo está permitido si el plegado lo realiza una sola persona, asimismo puede hacerse el plegado si se trata de vestimentas nuevas, no usadas. Otras condiciones para autorizar el plisado son que debe tratarse de vestimentas blancas, no de colores, y que se plieguen con la intención de volver a utilizarlas el mismo día. Por supuesto se autoriza el plegado una vez que se cumplen las condiciones hasta aquí citadas si no posee otra vestimenta, pero si posee otra prenda no puede volver a plegarlas.
El motivo de esta prohibición, según explica Rash”i, es que al plegar la prenda para conservarla acomodada se asemeja esta acción a un arreglo de la prenda, en el lenguaje rabínico “tikun keli” y por lo tanto prohibieron nuestros sabios esta acción en Shabbat. No debe tratarse de un arreglo de la prenda, sino de una acción que la beneficie o componga, como en el caso de “tebilat quelim”, o sea sumergir el utensilio nuevo en el baño ritual para poder utilizarlo. Lo mismo ocurre en este caso, al plisar la prenda la mantengo en buen estado. Agregan los Tosafot en su comentario sobre el citado Talmud, que esta prohibición aplicaría a los Talitot de la sinagoga los cuales tras ser utilizados ya no se volverán a utilizar el mismo Shabbat por lo que aún cuando se trata de prendas blancas y nuevas no pueden utilizarse.
Según esto, la persona que termina de utilizar su Talit en Shabbat no puede plegarlo para guardarlo plegado. Asimismo la persona que se desviste la noche de Shabbat para ir a dormir, no podría plegar sus ropas, si son de color, para dejarlas listas y acomodadas para la mañana.
Rabenu Abi Haezri z”l (de las grandes autoridades del s. XIV) adhiere a la opinión de los Tosafot arriba citada, sin embargo agrega que si el plegado de la prenda no se realiza por el doblez que ya se halla marcado, se permite realizarlo. Explica Rabí Ovadia Yosef, z”., (Yejave Daat tomo 2 cap. 40) que al plegar la prenda dejando de lado lo dobleces marcados de la misma, está evidenciando que no le interesa conservar la prenda acomodada y por lo tanto esta acción no se incluye en la prohibición de “tikun queli”, o sea arreglar o conservar la prenda.
En opinión del Kol Bo (gran autoridad del s. XV) en la actualidad –a diferencia de la época del Talmud- las personas no son tan detallistas en el hecho de plegar las prendas y por lo tanto no se considera tal acción un “tikun” o sea un arreglo. Por lo tanto, según esta opinión no existe prohibición alguna en plegar las vestimentas o Talit en Shabbat.
Maran en el Shuljan Aruj (cap. 302) cita sólo la opinión del Abi Ezri arriba mencionada, o sea plegar las prendas no por los dobleces ya marcados. Por lo tanto la opinión del Kol Bo de que no existe tal prohibición en la actualidad quedó desplazada de la halajá.
Aun así, existen autoridades halájicas que escriben que tratándose de una costumbre antigua, anterior a Maran, podemos conservarla y plegar las prendas en Shabbat.
Nuestro maestro Rabí Ovadia Yosef, z”l, no comparte esta opinión que se opone a Maran y por lo tanto escribe que sólo se autoriza el plegado de prendas en Shabbat si el mismo se realiza sin seguir los pliegos ya formados en la ropa.
En conclusión, se autoriza plegar las prendas o el Talit de Shabbat si se realiza no por los pliegos ya marcados. De todas formas, aquellas personas que pliegan sus prendas o Talit en Shabbat, no deben ser amonestados ya que poseen opiniones en las que fundamentarse