Pregunta: La persona que por negligencia sufre un fuerte resfriado que lo mantiene en cama, al recuperarse ¿debe pronunciar la bendición de hagomel?
Respuesta: Ya hemos visto anteriormente, que la persona que permanece en cama al recuperarse debe pronunciar la bendición de “hagomel”. Sin embargo, es necesario aclarar si la persona se provocó, por negligencia, la enfermedad, por ej. si permaneció en un lugar frío sin el abrigo pertinente y se resfría ¿Debe de todas formas pronunciar esta bendición?
El Talmud (Quetubot 30ª) afirma que todas las afecciones que sufre el hombre son enviadas de los cielos, a excepción del resfriado. Explica Rash”i que todo lo que afecta al hombre está determinado por el Eterno, a excepción del resfriado que se produce por negligencia de la persona.
Por lo tanto, la persona que por su falta de cuidad enferma y sufre un resfriado, no sería apropiado que pronuncie esta bendición pues sería un forma de recordar su pecado y su falta de responsabilidad en el cuidad personal.
De hecho, discutieron sobre este particular las grandes autoridades rabínicas de hace dos centurias atrás. Rabbenu Hahid”a cita una responsa halájica de su padre que analiza si el patriarca Itzjak debía bendecir “hagomel” tras el sacrificio, pues pasó por una situación que puso en peligro su vida. Lo mismo aplica para el sumo sacerdote que tras el día de Quipur salía con éxito y sano del santo santuario en el que permanecía para orar por el pueblo de Israel en este día tan sagrado. Responde al respecto que sólo deben pronunciar esta bendición de agradecimiento aquellas persona que atraviesan una situación de peligro en la ingresaron imperiosamente, sin haberlo escogido, por ej. quienes realizan un viaje transatlántico o través del desierto por cuestiones comerciales, o quien enferma o es privado de su libertad. Sin embargo aquellos que por propia voluntad asumen una situación de riesgo, no deben pronunciar esta bendición. En el caso del patriarca Itzjak, aún cuando su sacrificio fue encomendado por el Eterno, o el sumo sacerdote que ingresaba al santuario para orar por Israel, no deben pronunciar esta bendición al culminar con éxito su misión.
El gran erudito, contemporáneo de Rabí Zerajiá Azulay z”l, Rabí Eliezer Nahum z”l, sostiene que de hecho el sumo sacerdote pronunciaba esta bendición al salir del santuario, ya que se trataba de una situación que puso en peligro su vida aún cuando él mismo la asumió voluntariamente.
Podemos inferir por lo tanto, que también en nuestro caso, según Rabí Zerajiá Azulay z”l la persona que atravesó un fuerte resfriado no debe recitar la bendición de “hagomel” pues él se provocó voluntariamente esta situación. En tanto que según Rabí Eliezer Nahum z”l sí debe pronunciarla.
Sin embargo, respecto a esta pregunta habla Rabí Mordejai Meiuhas z”l en su obra Sede Haaretz, y escribe que aún cuando la misma persona sea el causante de su enfermedad, como en el caso del resfrío, la cura de la misma depende exclusivamente del Eterno, por lo tanto invariablemente debe pronunciar esta bendición al recuperarse, aún si él mismo se provocó la enfermedad. Y concluye diciendo que así se ha generalizado la costumbre y se bendice al recuperarse de un fuerte resfriado que lo mantuvo en cama.
Observamos que aún por una enfermedad que la misma persona se provoca por negligencia es necesario pronunciar la bendición de “hagomel” al recuperarse.
Más aún, escribe Rabi Hayim Palachi z”l en su obra Leb Hayim, que la persona que intentó suicidarse consumiendo un poderoso veneno y por medio de un tratamiento de emergencia lograron salvarlo, debe pronunciar la bendición de “hagomel” al recuperarse, pues aún cuando esta bendición fue instituida para aquellos que enferman por decisión divina y no por negligencia personal, de todas formas nuestros sabios instituyeron este agradecimiento por la curación que de los cielos propiciaron. Por lo tanto también en este caso es preciso bendecir.
En conclusión, la persona que enfermó, aún por negligencia persona, debe pronunciar la bendición de “hagomel” al recuperarse pues la misma es un agradecimiento por la curación con que lo favorecieron de los cielos. Y así lo legisla Rabí Ovadia Yosef, z”l, en su obra Yejave Da´at (Tomo 4 cap. 14).