Pregunta: Está permitido agregar color a los líquidos de consumo en Shabbat, por ejemplo adicionar esencia de té o café o jugos al agua para el consumo en Shabbat?
Respuesta: En las entregas anteriores hemos publicado sobre la prohibición de pintar en Shabbat, y también aclaramos que esta prohibición no aplica a los alimentos, por lo que se puede agregar cúrcuma, por ej. en Shabbat para dar color al alimento.
Con respecto al teñido de líquidos en Shabbat, escribe Ram”á en su obra Darké Moshe que oyó en nombre de Rabí Abraham de Mintz z”l que prohibió mezclar vino tinto con blanco debido a la prohibición de pintar en Shabbat, sin embargo de acuerdo a la opinión de Rabí Eliezer de Metz z”l en su obra Sefer Hayereim no aplica la prohibición de pintar o teñir en alimentos.
Asimismo hemos citado que con respecto al teñido de alimentos Maran dictaminó según la opinión del Sefer Hayereim quien autoriza. Sin embargo, con respecto a los líquidos existe divergencia entre las autoridades halájicas. Como ya vimos, según Ram”a no hay diferencias entre alimentos y líquidos y en ninguno de estos caso aplica la prohibición de teñir y por ello autorizó adicionar vino tinto al blanco. Sin embargo, la obra Haye Adam pone en tela de juicio este dictamen pues argumenta que si bien no existe la prohibición de teñido en alimentos sí aplica a los líquidos. Se suman a este dictamen el Ya´abetz z”l y otras autoridades halájicas de las últimas generaciones.
Debido a lo anterior, escribe Rabí Ya´acob Hag´ez z”l que si va a mezclar vinos en Shabbat debe poner atención en colocar primero el vino tinto y posteriormente el blanco. Y así escribe también Rabí Yosef Hayim z”l en su obra Ben Ish Hay, y otras autoridades rabínicas contemporáneas, quienes incluso señalan que no se debe colocar el café al agua sino a la inversa.
De todas formas, a los efectos halájicos se toma como válida la opinión de Ramá y por lo tanto así como no aplica la prohibición de teñir en los alimentos, tampoco rige sobre los líquidos. Y así lo dictaminan el gran erudito Hajam Tzvi z”l, el Peri Megadim, Rabí Ya´acob ben G´oyia z”l y otras autoridades rabínicas contemporáneas, hasta Rabí Ovadia Yosef, z”l, quien así lo dictamina en su obra Yebia Omer tomo 2.
En síntesis, está permitido agregar al agua esencia de té, café, o jugos pues no aplica la prohibición de teñir ni en los alimentos sólidos ni en los líquidos, y así se ha constituido la costumbre. De todas formas, la persona que en principio desea cuidarse y tiene la posibilidad de adicionar el vino blanco al tinto y no viceversa, recaerá sobre él la bendición.
En una próxima entrega analizaremos la halajá de los desodorantes líquidos que se colocan en los sanitarios y que despiden un líquido azul desodorante al hacer correr el agua del mismo tiñendo las mismas.