Halajá para jueves 5 Tammuz 5777 29 junio 2017

ÉSTA HALAJÁ SE EDITA PARA LA ELEVACIÓN DEL ALMA DE

HAJAM YOM TOV YEDID HALEVY BEN ZAKIE Z"L

NEW YORK

TRANSPLANTE DE CÓRNEA

Pregunta: ¿Está permitido obtener córneas de un cadáver para ser utilizadas en trasplantes que permitan recuperar la vista a una persona?

Respuesta: Esencialmente, esta pregunta es de suma gravedad pues nos remite a conceptos cardinales del judaísmo, los cuales trataremos de explicar a continuación.

En principio, es conocida la prohibición de hacer usufructo de un cadáver, prohibición esta de la Torá y de suma gravedad. Sumado a la prohibición de hacer usufructo de un muerto, existe la obligación de enterrar al mismo con la totalidad de sus órganos y miembros. Cuando se obtiene la córnea de un muerto se está evitando enterrarla con el mismo. Más aún, al obtener quirúrgicamente la córnea del muerto se está actuando despectivamente con el mismo lo cual constituye asimismo una grave prohibición.

Podemos decir respecto a la cuestión de las autopsias, que esta pregunta ya fue formulada hace aproximadamente doscientos años a las autoridades rabínicas de entonces, pues en aquella épocas comenzaron a desarrollarse los conocimientos médicos y la ciencia trataba de obtener, por medio de las autopsias y el estudio de los cadáveres, conocimientos que les permitieran saber más de ciertas enfermedades y poder enfrentar las epidemias y mortandades que los acuciaban y así poder salvar numerosas vidas. Inferimos, que estas autopsias eran de suma utilidad para la curación de los enfermos, pues permitían obtener conocimientos que de otra forma no se podían conseguir.

Al ser consultado al respecto el gran erudito autor de la obra Noda Vihuda, respondió que aún cuando se podría autorizar la autopsia para saber cómo brindar curación a otros enfermos, no estaría permitido sino en caso que peligre inminentemente una vida. Como ejemplo de un caso que los ocupó en aquella época, se cita la epidemia del cólera la cual acabó con muchísimas vidas, y los médicos estaban convencidos que podrían hallar un remedio estudiando los cuerpos de las personas muertas por efecto de la enfermedad. En este caso, escribió el Noda Vihudá, se podría autorizar la autopsia ya que se trata de una situación de peligro de vida inminente –pikuaj nefesh- ante lo cual no existen restricciones. Por ello, aún cuando las autopsias están prohibidas por la Torá, de todas formas ante una situación de peligro de vida queda nula tal prohibición. Sin embargo, si no se trata de un peligro inminente como en el caso de las epidemias y tampoco se prevé un peligro inmediato, no se debe autorizar bajo ningún concepto la autopsia para investigar sobre posibles enfermedades que afecten al hombre. El motivo de ello, es que si afirmamos que todo aquello que en el futuro podría representar un peligro para la vida desplaza las prohibiciones de la Torá, se debería permitir a los médicos estudiar medicina en Shabbat o viajar en Shabbat para estudiar en los centros especializados. Asimismo se debería permitir la explanación de vías hacia los hospitales ya que ello podría eventualmente representar un peligro para la vida. Y así sucesivamente se autorizarían numerosas prohibiciones esenciales de la Torá. Todo esto, se opone definitivamente a los conceptos básicos de la filosofía de la Torá, pues sólo aquello que representa un peligro inmediato desplaza las prohibiciones y no un peligro que eventualmente podría aparecen en el futuro.

En oposición a esta opinión, se halla la de la obra Binian Tzion, quien sostiene que incluso en caso de peligro de la vida humana no se debe autorizar la utilización de miembros del cuerpo humano para un trasplante a menos que el difunto así lo haya autorizado en vida. Y se explaya al respecto en varios capítulos de su obra.

Estas opiniones fueron analizadas por distintas autoridades rabínicas como el Hatam Sofer, Mahara”m Shi”k, etc.

En relación a nuestra pregunta, existe la posibilidad de afirmar que el trasplante de córnea para ciegos se considera una situación de peligro de vida, pues nos dice el Talmud (Avodá Zará 28ª) que un peligro en los ojos puede conllevar peligro a todo el cuerpo. Sin embargo, se puede refutar tal prueba pues el citado Talmud no afirma ello sino respecto a las enfermedades que afectan al ojo de las cuales puede derivarse una afección a todo el cuerpo, pero la persona ciega que está sana, no se considera su curación un caso de vida o muerte.

Sin embargo, el gran erudito autor de la obra Seridé Esh escribió que aún así existe la posibilidad de considerar esto como una situación de peligro de vida, pues el no vidente puede caer en un pozo o tropezar con otro obstáculo peligroso y perder la vida, resultando que al recobrar la vista estaría evitando caer en situaciones que pongan en peligro su vida, y cita pruebas para esta afirmación.

El gran erudito Rabí Ben Tzion Aba Shaul, z”l, le preguntó respecto a este tema a nuestro maestro Rabí Ovadia Yosef, z”l, hace más de cincuenta años y Rabí Ovadia preparó para él una respuesta en la que se explaya sobre el tema y analiza los distintos aspectos del mismo; y escribe que el trasplante de córnea no es similar al de otros órganos del cuerpo, pues el usufructo de la córnea del muerto para ser trasplantada en el ojo de un hombre vivo no es una prohibición de la Torá sino una prohibición rabínica, y cita otros argumentos para autorizar esta intervención. Sin embargo, concluye que es sumamente problemático autorizar esta intervención en muertos judíos, pues rige el precepto de honrarlos, y cita otras cuestiones que sobrepasarían el contexto de este comentario.

Por lo tanto, autoriza el trasplante de córnea exclusivamente si se obtiene la misma del cuerpo de un gentil sobre el que no existe un precepto específico al respecto.

Sin embargo, si es muy dificultoso conseguir una córnea de un gentil, escribe Rabí Ovadia, z”l, que si el difunto en vida hubiese indicado que pueden utilizar su córnea para un trasplante, de acuerdo a la perspectiva estrictamente halájica se podrían autorizar la intervención en un caso de suma emergencia que permitirá a otro judío recobrar su visión (por supuesto hay que poner especial atención en no deshonrar el cuerpo en ningún otro sentido sino sólo para la obtención de la córnea).

En conclusión, la persona ciega de ambos ojos tiene permitido recibir un trasplante de córnea de un donante gentil. Asimismo si desconoce si la córnea proviene de un donante gentil o judío tiene permitido aceptarla. Sin embargo, no se debe autorizar la obtención de córneas de un muerto judío sino en caso en que el difunto haya indicado en vida que su córnea puede ser utilizada para un trasplante después de muerto. Y aún en este caso no se debe autorizar esta intervención sino en el caso en que no se pueda conseguir un donante gentil, de lo contrario se debe utilizar la córnea de un gentil y evitar profanar el cuerpo de un muerto judío.

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