Es apropiado dar lectura a la Meguilat Esther en la sinagoga en presencia de todo el público.
Ahora, si un enferemo que no puede concurrir a la sinagoga pide a un quorum de diez personas que lo acompañen en la lectura en su casa ¿pueden estas diez personas acompañarlo?
El planteo en este caso es el siguiente, el enfermo da cumplimiento a su obligación si lee la Meguilat Esther sólo en su casa, sin embargo las diez personas que eventualmente lo acompañarán pierden el precepto de dar lectura a la misma en presencia de un público numeroso en la sinagoga.
Se trata de una cuestión que posee implicancia en muchos otros casos.
Escribe en la obra Mishna Berura (cap. 687 inc. 10) que las personas relevantes de la comunidad que poseen un quorum en su propia casa durante el año para realizar las plegarias, en Purim deben concurrir a la sinagoga para dar lectura a la Meguila con todo el público. De esto concluimos que las diez personas que eventualmente acompañarán al enfermo pierden este precepto.
Sin embargo, el prelado de Jerusalén, Rabí Itzjak Yosef, Shlit”a, escribe (Yalkut Yosef cap. 687) que se debe tomar en consideración que al acompañar al enfermo se cumple con el precepto de realizar un acto de caridad. Y así lo dictaminó la obra Mijtam Ledavid a quien consultaron sobre la posibilidad de acompañar a un deudo en las plegarias en su casa, pues el quorum que lo acompañe estaría perdiendo el precepto de rezar con todo el publico en la sinagoga. Sin embargo el Rabino respondió que por tratarse de un acto de bondad hacia el prójimo deben poseer la certeza que no pierden ningún precepto, ya que básicamente también en la casa del deudo rezan en quorum.
En la citada obra expone este aspecto de la halajá con otro ejemplo. Una comunidad no poseía la cuatro especies sobre las que se bendice en la festividad de Sucot sino el primer día, por lo que solicitaron de un pueblo cercano si ellos, que sí poseen la cuatro especies se las pueden enviar durante un parte de Jol Hamoed -días intermedios de la festividad- para también ellos puedan dar cumplimiento al precepto. Respondió el Rabino que siendo que la bendición sobre la cuatro especies durante el resto de la semana es sólo un precepto rabínico, en tanto que el favorecer a otro es un precepto de la Torá, es apropiado que compartan durante la semana las cuatro especies aún si durante una parte de la misma no podrán cumplir el precepto.
Por lo tanto, teniendo en cuenta lo anterior expuesto, Rabí Itzjak Yosef Shlit”a dictaminó que se debe acompañar al enfermo para qué también él posea un quorum para la lectura de la Meguilá.